Fecundación in vitro se ordenará solo en casos excepcionales, dice Corte Constitucional
La Corte Constitucional advirtió que solo en casos excepcionales se puede ordenar un tratamiento de fecundación in vitro que no se encuentre incluido en el Plan de Beneficios en Salud (PBS).
El pronunciamiento del alto tribunal fue hecho al estudiar una tutela presentada por una mujer, con la que pretendía que su EPS autorizara dicho procedimiento, teniendo en cuenta que padecía una enfermedad que le impedía tener hijos..